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jueves, 15 de febrero de 2024

LA PSICOLOGÍA JURÍDICA EN DERECHO CIVIL

El Psicólogo Jurídico puede actuar en el campo del Derecho Civil en diferentes procesos realizando una evaluación psicológica de la persona:

Incapacidades Legales

Internamientos Judiciales

Cambios de Sexo

Capacidad para hacer testamento

Impugnación de testamentos

Igualmente en caso de accidente (laboral, tráfico, etc), en que una persona emprenda acciones legales y exista una reclamación por daños psicológicos, se requerirá la peritación psicológica del demandante:

Evaluación de la Responsabilidad Civil

Determinación del daño asociado a enfermedades físicas

Secuelas de accidentes de circulación

Valoración de los grados de incapacidad o invalidez


Por ejemplo, en el caso de que exista una Lesión Cerebral producto de un accidente, existe un "Baremo de Tráfico" en el que se recogen las lesiones psicológicas derivadas, y que deben ser objeto de la adecuada peritación. Aquí puedes leer más sobre PERITACIÓN DEL TC

En caso de accidente (tráfico, laboral, atentado...) si una persona sufre una amputación traumática, tiene una consecuencia a todos los niveles que tiene que ser minuciosamente peritado desde el punto de vista psicológico: PERITACIÓN AMPUTACIONES TRAUMÁTICAS

Las PSICOPATOLOGÍAS JURÍDICAS hacen referencia a diferentes trastornos psicológicos que pueden tener repercusiones en la esfera judicial, como son el delirio querulante (persona que constantemente está interponiendo demandas, la mayoría injustificadas), la locura testamentaria, basada en la realización de un legado de difícil cumplimiento y el Síndrome de Amok, tipo de trastorno psicótico breve con escasa incidencia en culturas occidentales.




VÍCTIMAS DE ACCIDENTES: ¿SE RECOGEN LAS SECUELAS PSICOLOGICAS EN LA DEMANDA?

Ser víctima de un accidente de tráfico de gravedad (por ejemplo, con lesión medular que conduce a una paraplejia), suele conllevar una demanda judicial.

En estos casos la peritación de las secuelas físicas es relativamente sencilla: existen, de forma fehaciente lesiones, tiempo de recuperación, secuelas físicas, que pueden ser observadas y tasadas para la oportuna reclamación.


Las secuelas psicológicas son algo más complicado de evaluar. Nos encontramos con la realidad de un demandante, con unos abogados que defienden su caso y unos abogados que protegen los intereses de la parte contraria (culpables, aseguradoras, el Estado o cualquiera de sus órganos por negligencia...). 

La parte demandante tiene que demostrar sus secuelas, y en el caso de la evaluación psicológica, al ser una evaluación basada en conductas, pensamientos o la demostración de trastornos psicológicos derivados de la condición médica post-accidente, es un trabajo que requiere minuciosidad y la aplicación de instrumentos psicométricos que demuestren la existencia de daño psíquico.

Una persona víctima de accidente, que tiene unas secuelas físicas de carácter irreversible, presenta con una alta frecuencia un cuadro de indefensión aprendida: su situación anímica, con un posible cuadro de trastorno adaptativo, le hace incapaz de plantearse un pleito en el que demuestre el daño psicológico que sufre. 

Sin embargo, en los casos de secuelas físicas de carácter severo, en los que existe un cambio dramático en las condiciones de vida y de movilidad, la peritación psicológica exhaustiva se hace imprescindible, ya que estas personas tendrán que luchar toda la vida por "normalizar" su vida, buscar nuevas formas de disfrutar, olvidando lo que antes era su vida, y esto supone un desgaste psicológico continuo que debe ser objeto de la pertinente reparación como secuela de máxima gravedad.